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Importancia de la identificación cultural

  • Equipo
  • 7 may 2022
  • 7 Min. de lectura

La respuesta de los pueblos indígenas, en tierras altas y tierras bajas con la autoidentificación, afirmará el respeto que se le deben a las identidades colectivas, paso imprescindible para el ejercicio del naciente Estado Plurinacional.


Lo siguiente es un extracto de Disputas en la gestión de la identidad y el ejercicio de los gobiernos indígenas en Bolivia (2016), publicado en Movimiento Regional Por la Tierra, accederlo aquí.


Por Pedro Pachaguaya Yujra y Samuel Flores Cruz


Resulta importante poder reflexionar sobre la inscripción de la identidad cultural en las cédulas de identidad en relación a la construcción y desarrollo de la identidad de los pueblos. Se debe puntualizar que para este objeto suelen utilizarse indicadores socioculturales, económicos y hasta pigmentocráticos, tales como la vestimenta, el idioma, el color de piel, el trabajo, poder adquisitivo y hasta el nivel educativo. Y seguramente, el uso de estos indicadores puede llegar a reproducir expresiones discriminatorias e inclusive racistas, por ejemplo, el actual ministro de hidrocarburos en una desatinada declaración, al referirse a un líder indígena, dijo:

"Él era uno de los que tienen una empresa de turismo y además hizo una maestría en la ciudad de La Paz. Entonces ya no es indígena. Tiene otra visión de cómo obstaculizar los proyectos" (Los tiempos 27/10/2016)

Esta forma de ver la identidad indígena, basada en estereotipos y fenotipos, sin tomar en cuenta los sistemas culturales y mucho menos jurídicos, el proceso histórico que atravesaron los pueblos indígenas, etc. Estas visiones nos fosilizan, terminan relegándonos al pasado como objetos “primitivos” y de museo, subestimando así, nuestra capacidad de negociación/adaptación ante los avatares históricos. Esta intención por estabilizar y no asumir la contemporaneidad indígena es fundamental para explicar la vigente construcción de relaciones basadas en el racismo, la desvalorización de la identidad cultural y la reproducción/desarrollo de relaciones de discriminación y jerarquización social y política.

Es alarmante escuchar a las autoridades de Quila Quila exclamar “¡Nuestra identidad está por los suelos! ¡Odian la autoidentificación porque nos odian, no quieren que existamos!"


Seguramente este esquema incide en cómo los jóvenes de Quila Quila y otros ayllus, markas y pueblos indígenas conciben su propia autoidentificación, para su momento vital, lo importante será el poder acceder a espacios, oportunidades y lo principal, decidirán no ‘ser primitivos’ para no ser rechazados. Lo mismo pasa con mucha población residente en las ciudades, ante la pregunta sobre su identidad cultural o pertenencia étnica, la estructuración del sistema educativo moderno –y también el blanqueamiento cultural táctico- ha impuesto la relativización, la recurrencia a diversas for- mas de retórica para indicar que somos producto de diversos procesos por lo que es dificultoso poder definir una identidad. O en última instancia, se recae en una noción positivista de mestizaje, un híbrido moderno y funcional al proyecto de construcción nacional homogeneizante.

La forma en que el Estado ha intentado mostrar la identidad cultural de las personas adolece de esta problemática, por ejemplo, veamos los resultados de los dos últimos censos de población y vivienda respecto a la identidad cultural de los bolivianos. En el censo 2001, 62% de la población boliviana respondió que pertenecía a un grupo indígena. En el censo del 2012, 41% de la población se identificó perteneciente a un grupo indígena. ¿Cómo podríamos explicar esto? ¿21% de la población indígena desapareció para el año 2012?

Esta es forma en la que el Estado gestiona la identidad, a partir de su necesidad modernizante de concebir ciudadanos portadores de derechos individuales, la consecuencia de esta tendencia es la individualización de las instituciones y territorios indígenas para transformarlos en sujetos modernos.

Esta forma de asumir y gestionar la identidad cultural a partir de valores individuales afecta de manera directa a las autoridades indígenas en su intento por ejercer el derecho a la autodeterminación y la autodisposición. Habíamos explicado que en el contexto boliviano, las autoridades indígenas provienen de estructuras orgánicas comunitarias y con normatividad colectiva, y en su lucha por acceder a espacios del poder estatal deben presentarse como individuos para participar en las en elecciones, en caso de que sean elegidos pierden su cualidad colectiva, si antes respondían a los procedimientos propios de sus estructuras, al entrar al Estado renuncian a estos procedimientos y empiezan a obedecer los procedimientos administrativos estatales. De esta manera, la base social de su organización matriz perdió el poder sobre su autoridad.


El paso de lo colectivo a lo individual es algo casi invisible. Los procedimientos provenientes de los derechos colectivos pierden toda efectividad frente al Estado, ese es el vaciamiento que ocurre y el cual no estamos reflexionando. Por estas razones nos damos cuenta todo el valor que posee asumir una identidad cultural ya nos estamos posesionando política y jurídicamente.

La importancia de asumir y gestionar nuestra identidad cultural tiene efectos jurídicos. Desde una posición individual la identidad cultural en mi cédula, solo tiene efectos folklóricos, un dato pintoresco, si no se tiene el control sobre su gestión puede desembocar en ideologías racistas, recordemos que las identidades indígenas están subalternizadas y sufren discriminación, Sudáfrica fue víctima de esta política de racialización llamada Apartheid,

"Todas las personas negras fueron obligadas a llevar el ‘pass book‘, una suerte de documento de identidad que agregaba su clasificación racial, impresión digital e información sobre su autorización para acceder a determinadas áreas blancas, generalmente por causas laborales" (Pellini: 2016).

Acceder a la identificación cultural desde los derechos colectivos, y ya embarcados en un proceso por el territorio y la autodeterminación que iniciaron los pueblos indígenas hace décadas en Bolivia, abre las posibilidades para ejercer todas las disposiciones favorables de la CPE, es decir, accederemos a los derechos y a los deberes, aquí un concepto central podría ser el de la función social.

Por otra parte, debe apuntarse que al momento, las colectividades están organizadas a partir de una matriz o estructura orgánica. En el caso de las naciones y pueblos originarios del Qullasuyu, el primordial poder se encuentra en los Ayllus, cuyas directivas organizan una Marka (con dos parcialidades Urinsaya – abajo y Aransa- ya - arriba), las Markas a su vez se organizan en Suyus y éstos se han estado organizando y acudiendo a la convocatoria del CONAMAQ.


La cualidad orgánica de las colectividades radica en que el poder de decisión siempre está en las bases, y para tal efecto, los diferentes niveles organizacionales despliegan toda una normatividad protegida por la CPE, estaríamos hablando de una pirámide de poder invertida. Esta sería además, la forma en que se ejercen los derechos colectivos como la autodeterminación, derecho al territorio y autogobierno.

Para poder materializar el derecho al autogobierno, las autoridades indígenas de las naciones Suras, Qhara Qhara, Killacas, Yampara, Charka, Pakajaqi y Karanga desean hacer cumplir la democracia comunitaria y para esto, se remiten a la CPE que explica que el ejercicio de la democracia

Comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y re- presentantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a ley (articulo 11, parágrafo II, inciso 3)

Para hacer cumplir este artículo, las autoridades originarias saben que la autoidentificación es muy importante, de esta manera empezarán a conseguir escaños utilizando la normativa colectiva propia, estos escaños no estarán sometidos a los derechos individuales, sino más bien a los derechos colectivos que les otorga el cumplimiento de la función social a sus propias jurisdicciones indígenas (no a un Estado central), eso será algo novedoso en Bolivia.


Las autoridades que llevaron a cabo la demanda de autoidentificación señalan al territorio del Jatun Ayllu Yura, ubicado al norte de Potosí, done se iniciará un proceso para obtener la Autonomía. En este caso, el ejercicio de los procedimientos propios –sin ingresar a la normativa del Estado, como son los referéndums- y aprobar los estatutos autonómicos a partir de cabildos y de la misma forma, elegir a sus autoridades por rotación y no llamando a procesos electorales. Esta opción, requiere que la autoidentificación sea un requisito obligatorio para que el pueblo participe.

La autoidentificación es un elemento importante para ejercer la autodisposición, como señala el artículo 8 del Convenio 169 de la OIT, ninguna autoridad del sistema jurídico ordinario puede perseguir a grupos o personas indígenas u originarias, pues éstas últimas, tienen el derecho a ser juzgados por sus propias autoridades y en sus propios sistemas jurídicos. En este sentido y ante el contexto de consecutivas judicializaciones a indígenas, la autoidentificación tiene que ser la punta de lanza para ejercer el autogobierno.

Hacer respetar los derechos colectivos no es una tarea fácil, recordemos el caso de Gualberto Cusi ex magistrado del TCP quien fue juzgado en el Órgano Legislativo. Esta autoridad intentó utilizar los derechos indígenas presentando dos disposiciones de su comunidad durante su juicio, el Estado inmediatamente deshecho e invalido esas disposiciones alegando que los derechos indígenas no tienen reglamento en Bolivia, es decir no reconocieron la cualidad indígena colectiva de Gualerto Cusi.


La autoidentificación inscrita en las cédulas de identidad, plantea una disyuntiva de fondo, o ejercemos identidades individuales bajo la lógica de la modernidad o ejercemos identidades colectivas comunitarias. A partir de este contexto, se debe exigir que la forma en que el Estado Plurinacional gestione esta discusión, debe ser la más adecuada y coherente con los procesos que las reivindicaciones indígenas han emprendido siglos atrás.

Los ayllus de Quila Quila emprendieron una lucha y lograron la inscripción de la identidad cultural en nuestras cédulas. Este logro es sólo la punta del ovillo que coadyuvará al ejercicio de los otros derechos contenidos en el artículo 30 de la CPE, nos referimos al autogobierno y la autodisposición. En consecuencia, la autoidentificación cultural permitirá el fortalecimiento de las identidades en su cualidad colectiva, la propuesta e interpretación activista que los ayllus hacen de la CPE, pone en evidencia que el Estado tiende a reproducir un tipo de ciudadanía individual. La respuesta de los pueblos indígenas, en tierras altas y tierras bajas con la autoidentificación, afirmará el respeto que se le deben a las identidades colectivas, paso imprescindible para el ejercicio del naciente Estado Plurinacional.


Pedro Pachaguaya Yujra, antropólogo Asociación Departamental de Antropólogos de La Paz

Samuel Flores Cruz, ex Quraca de la Nación Qhara Qhara Secretario Permanente, Tribunal de Justicia Indígena Originaria Campesina de Bolivia

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